La inmatriculación es el proceso mediante el cual una finca se inscribe por primera vez en el Registro de la Propiedad. Para lograrlo, es esencial cumplir con ciertos requisitos legales:
Título inmatriculador: Documento que acredita la propiedad.
Certificación catastral descriptiva y gráfica: Debe coincidir al 100% con la descripción de la finca en el título y reflejar que está catastrada a nombre del transmitente o adquirente.
Importante:
- Sin esta certificación, no es posible inscribir la finca, aunque se pueda realizar otro tipo de anotaciones en el Registro.
- El recibo del IBI no sustituye la certificación catastral, ya que no garantiza la coincidencia exacta en la descripción de la finca.
Además, entre los distintos documentos debe haber coherencia absoluta para evitar discrepancias entre notarios y registradores, como ha señalado la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en resoluciones clave.
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